Tratado de Roma (1957)

Te explicamos qué es el Tratado de Roma y qué importancia tuvo en la historia de la Unión Europea.

El Tratado de Roma fue firmado por seis países que crearon la Comunidad Económica Europea.

¿Qué es el Tratado de Roma (1957)?

Se conoce como Tratado de Roma a dos tratados firmados en la capital italiana el 25 de marzo de 1957. Estos tratados dieron existencia a la Comunidad Económica Europea (CEE) y a la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM).

Los firmantes de este acuerdo fueron Christian Pineau por Francia, Joseph Luns por los Países Bajos, Paul-Henri Spaak por Bélgica, Joseph Bech por Luxemburgo, Antonio Segni por Italia y Konrad Adenauer por la República Federal de Alemania.

La ratificación del Tratado de Roma por los parlamentos de “los Seis” (es decir, los países firmantes que pasaron a integrar la CEE) tuvo lugar en los meses siguientes y el tratado entró en vigor el 1 de enero de 1958. Este hecho puso las bases de la futura Unión Europea.

El Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea

La unión aduanera

El “Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea”, firmado en Roma en 1957, afirmaba en su preámbulo que los estados signatarios estaban “determinados a establecer los fundamentos de una unión sin fisuras más estrecha entre los países europeos”. Así quedaba claro el objetivo político de integración progresiva entre los diversos países miembros.

En la práctica, lo que se creó fue básicamente una unión aduanera. Por tal razón, la CEE fue conocida popularmente como el Mercado Común. Se acordó un proceso transitorio de 12 años para la total eliminación de los aranceles entre los países miembros.

Debido al éxito económico derivado de la mayor fluidez de los intercambios comerciales, el plazo transitorio se acortó y, el 1 de julio de 1968, se suprimieron todos los aranceles internos entre los Estados miembros. Al mismo tiempo, se adoptó un Arancel Aduanero Común para todos los productos procedentes de terceros países.

Este mercado común afectaba exclusivamente a la libre circulación de bienes. El libre movimiento de personas, capitales y servicios siguió teniendo importantes limitaciones. Recién con el Acta Única Europea, que entró en vigor en 1987, se dio el impulso definitivo para que en 1992 se estableciera un verdadero mercado unificado.

La Política Agrícola Común (PAC)

El otro elemento central del Tratado de Roma fue la adopción de una Política Agrícola Común (PAC), que comenzó a funcionar en 1962. La PAC estableció la libertad de circulación de los productos agrícolas dentro de la CEE y la adopción de políticas fuertemente proteccionistas

Estas medidas garantizaban a los agricultores europeos un nivel de ingresos suficiente porque evitaban la competencia de productos de terceros países y ofrecían subvenciones a los precios agrícolas.

Con el objetivo de financiar la PAC se creó el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA). La PAC absorbía la mayor parte del presupuesto comunitario, por lo que desde 1992 se le hicieron sucesivas reformas. En la actualidad sigue representando un importante porcentaje del presupuesto de la Unión Europea.

El Tratado de Roma también estableció la prohibición de monopolios, algunas políticas comunes en transportes y la concesión de algunos privilegios comerciales a los territorios que en ese entonces eran colonias de los estados miembros.

El otro tratado firmado en Roma en 1957 instituyó la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM), que se proponía crear las condiciones para el desarrollo de una industria nuclear pujante. Si bien suele ser considerado menos importante que el tratado de la CEE, el EURATOM sigue vigente en la actualidad.

Las instituciones políticas de la CEE

Con la creación de la CEE se fundaron y ampliaron instituciones europeas.

El Tratado de Roma significó el triunfo de las tesis “funcionalistas”, representadas principalmente por el banquero francés Jean Monnet (quien había sido alta autoridad de la Comunidad Europea del Carbón y el Acero).

Ante la imposibilidad de acceder de manera inmediata a una unión política europea (como había demostrado el fracaso de la Comunidad Europea de Defensa formulada en 1952, que ni siquiera llegó a entrar en vigor), la nueva estrategia buscaba un proceso de integración que fuera afectando poco a poco a diversos sectores económicos y que fuera promoviendo la creación de instituciones supranacionales.

De este modo, se esperaba que los Estados miembros fueran paulatinamente cediendo competencias económicas, administrativas y, finalmente, políticas a las instituciones supranacionales europeas. 

Con este objetivo se creó una serie de instituciones de la CEE: 

  • la Comisión Europea,
  • el Consejo (también llamado Consejo de Ministros o Consejo de la Unión Europea),
  • la Asamblea Europea (posteriormente el Parlamento Europeo),
  • el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (hoy Tribunal de Justicia de la Unión Europea),
  • el Comité Económico y Social. 

Como se trataba de pasar de una progresiva integración económica a una progresiva unión política, estas instituciones europeas fueron ampliando sus competencias mediante la firma de nuevos tratados

La firma del Tratado de la Unión Europea en Maastricht en 1992 supuso un paso decisivo en esta dirección. Actualmente, la Unión Europea se rige por el Tratado de Lisboa firmado en 2007 (que entró en vigor en 2009).

Consecuencias del Tratado de Roma

El “problema británico” y la creación de la EFTA

El principal problema político que afectó a la CEE en sus comienzos fue el hecho de que un país tan importante como el Reino Unido se mantuviera inicialmente al margen. El gobierno británico se negó a ingresar en la CEE por diversas razones:

  • La importancia de sus lazos comerciales y políticos con sus colonias y excolonias, agrupadas en su mayoría en la Commonwealth (o Mancomunidad de Naciones).
  • Su negativa a ingresar en una unión aduanera. El gobierno británico defendía la creación de una zona de libre cambio, en la que se abolieran los derechos internos de aduana pero en la que cada país tuviera libertad para poner sus propios aranceles con respecto a terceros países.
  • La nula voluntad británica de embarcarse en un proyecto en el que se planteaba a largo plazo la cesión de soberanía de cada estado en beneficio de instituciones supranacionales europeas. Dicho de otra manera, los británicos no compartían el objetivo de una unidad política europea.

Tras el fracaso de las negociaciones para su ingreso en la CEE, el gobierno británico propició la creación de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA, por sus siglas en inglés), a la que se adhirieron Suecia, Suiza, Noruega, Dinamarca, Austria y Portugal. 

Esta asociación, que huía de cualquier proyecto de integración política, fue una mera zona de libre comercio (principalmente de productos industriales) y no establecía ningún tipo de arancel común.

La ampliación de la CEE en 1973

Charles de Gaulle, presidente de Francia, vetó el ingreso del Reino Unido en la CEE.

La CEE impulsó un importante crecimiento económico, con unas tasas de crecimiento que no solo eran superiores a las del Reino Unido sino que, en los años sesenta, superaban incluso a las tasas de Estados Unidos.

Por esta razón, en agosto de 1961, el primer ministro británico solicitó el inicio de negociaciones para el ingreso del Reino Unido en la CEE. Sin embargo, tras diversas negociaciones, el presidente de Francia, Charles de Gaulle, vetó en dos ocasiones el ingreso británico en la CEE (en 1963 y en 1967). 

De Gaulle quería construir lo que denominó la “Europa de las patrias”, que fuera independiente de las dos superpotencias de la Guerra Fría (Estados Unidos y la Unión Soviética), y desconfiaba de la estrecha relación del Reino Unido con el gobierno estadounidense.

De Gaulle creía en una Europa fuerte pero no en una Europa políticamente unida, pues la independencia nacional francesa era considerada una cuestión innegociable. El nacionalismo del general De Gaulle desencadenó la “crisis de la silla vacía” en 1965, que mantuvo durante meses a la Comunidad Europea paralizada debido a la retirada de los representantes franceses del Consejo Europeo por unos desacuerdos institucionales. Esta crisis finalizó con el Compromiso de Luxemburgo en 1966.

Recién tras la dimisión de De Gaulle en 1969, provocada por razones de política interna, se despejó el camino para la adhesión británica. Las nuevas negociaciones debieron hacer frente a la oposición de partes importantes de la opinión pública británica, que eran contrarias al ingreso en la CEE, pero finalmente resultaron exitosas y, en 1972, se firmó el tratado de adhesión del Reino Unido.

En 1973, el Reino Unido y otros dos países (Dinamarca e Irlanda) ingresaron en la CEE. Nacía la “Europa de los nueve”.

Los noruegos, cuyo gobierno había firmado también un tratado de adhesión, votaron en contra en un referéndum, por lo que Noruega se mantuvo por el momento al margen de la Comunidad.

La “Europa de los doce” y el Acta Única Europea

La “crisis del petróleo” de 1973 puso fin al período de espectacular crecimiento económico que habían experimentado los países europeos. El desempleo, la inflación y la crisis de sectores tradicionales de la industria caracterizaron el panorama económico de la CEE en la segunda mitad de los años setenta y el comienzo de los años ochenta.

Aunque algunos periodistas acuñaron los términos “euroescepticismo” y “euroesclerosis” para referirse a lo que parecía ser el agotamiento del proceso de integración europea, en realidad durante estos años tuvieron lugar importantes avances, tanto en el sentido de una mayor integración como en la ampliación de la Comunidad Europea a nuevos miembros. 

Algunos momentos clave fueron:

  • A partir de 1975 comenzó a funcionar el denominado Consejo Europeo, una reunión periódica de los jefes de Estado y de gobierno de los Estados miembros de la CEE, donde se toman las grandes decisiones estratégicas de la Comunidad.
  • En 1979 nació el Sistema Monetario Europeo (SME), acompañado de la creación del ECU (European Currency Unit, que puede traducirse como Unidad Monetaria Europea), antecedente directo del euro. Las monedas de los países miembros quedaban ligadas a una estrecha banda de fluctuación de su valor de cambio del 2,25 %. Además, los gobiernos se comprometían a coordinar sus políticas monetarias. Se trataba del primer paso significativo hacia la unidad monetaria.
  • En 1979 tuvieron lugar las primeras elecciones por sufragio universal al Parlamento Europeo.
  • El fin de las dictaduras militares en Grecia (1974), Portugal (1974) y España (1975) propició la adhesión de estos países a la CEE: Grecia en 1981, España y Portugal en 1986. La Comunidad se ampliaba hacia la Europa mediterránea y pasaba a ser la “Europa de los doce”.
  • En 1984, un grupo de parlamentarios europeos, dirigidos por el italiano Altiero Spinelli, presentó al Parlamento Europeo un “Proyecto de Tratado de la Unión Europea”. En este proyecto se proponía la aprobación de un nuevo tratado que sustituyera al de Roma (firmado en 1957) y que permitiera avanzar más en la integración europea. Pese a no ser aprobado por los gobiernos, relanzó el debate sobre el futuro de la Comunidad Europea y anticipó los avances que tendrían lugar en los años noventa.
  • En 1985, los tres países del Benelux (Bélgica, los Países Bajos, Luxemburgo), Francia y Alemania firmaron el Acuerdo de Schengen, al que posteriormente se fue adhiriendo la mayoría de los países comunitarios. Se iniciaba así una ambiciosa iniciativa para garantizar la libre circulación de las personas y la gradual supresión de las fronteras entre los Estados miembros de la Comunidad.

En la segunda mitad de la década del ochenta, el proceso de integración recibió un importante impulso político, propiciado en gran medida por el político socialista francés Jacques Delors, elegido presidente de la Comisión Europea en 1985.

El primer paso en esta dirección lo constituyó la aprobación en 1986 del Acta Única Europea, que proponía la creación de un mercado europeo para 1992. Este hecho trazó el camino hacia la firma del Tratado de Maastricht en 1992 y la construcción de la Unión Europea, que entró en vigor en noviembre de 1993. 

En el Tratado de Lisboa, que rige actualmente, se reconoce al Tratado de Roma como un antecedente que fue sucesivamente modificado, pero se lo denomina “Tratado de funcionamiento de la Unión Europea”.

Tratado de Roma

 25 de marzo de 1957

(selección)

Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea 

"Su Majestad el Rey de los Belgas, el Presidente de la República Federal de Alemania, el Presidente de la República Francesa, el Presidente de la República Italiana, Su Alteza Real la Gran Duquesa de Luxemburgo, Su Majestad la Reina de los Países Bajos;

Resueltos a establecer los fundamentos de una unión cada vez más estrecha entre los pueblos europeos;

Decididos a asegurar por una acción común el progreso económico y social de sus países, eliminando las barreras que dividen Europa;

Considerando como meta esencial de sus esfuerzos la mejora constante de las condiciones de vida y de empleo de sus pueblos;

Reconociendo que la eliminación de los obstáculos existentes requiere una acción conjunta para garantizar la estabilidad en la expansión, el equilibrio en los intercambios y la lealtad en la competencia;

Preocupados por fortalecer la unidad de sus economías y asegurar el desarrollo armónico de las mismas, reduciendo la distancia entre las diversas regiones y el retraso de las menos favorecidas;

Deseando contribuir, merced a una política comercial común, a la supresión progresiva de las restricciones en los intercambios internacionales;

Proponiéndose robustecer la solidaridad que une a Europa con los países de ultramar, y deseando asegurar el desarrollo de su prosperidad de conformidad con los principios de la Carta de las Naciones Unidas;

Resueltos a consolidar, mediante la constitución de este conjunto de recursos, la salvaguardia de la paz y la libertad, e invitando a los demás pueblos de Europa que comparten su ideal a asociarse a su esfuerzo;

Han decidido crear una Comunidad Económica Europea y a tal efecto han designado como plenipotenciarios (...)

Los cuales, después de haber intercambiado sus plenos poderes en buena y debida forma, han convenido las disposiciones que siguen:

PRIMERA PARTE

Los principios

Art. 1. Por el presente tratado, las Altas Partes Contratantes instituyen entre sí una Comunidad Económica Europea.

Art. 2. La Comunidad tiene por objeto, mediante el establecimiento de un mercado común y el progresivo acercamiento de las política económicas de los Estados miembros, promover un desarrollo armónico de las actividades económicas en el conjunto de la Comunidad, una expansión continua y equilibrada, una estabilidad creciente, una elevación acelerada del nivel de vida, y relaciones más estrechas entre los Estados que la constituyen. (...)"

 Roma, 25 de marzo de 1957

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Referencias

  • Britannica, Encyclopaedia (2022). Treaty of Rome. Encyclopedia Britannica. https://www.britannica.com/ 
  • Fernández Navarrete, D. (2022). Historia de la Unión Europea: de los orígenes al post-Brexit. Universidad Autónoma de Madrid Ediciones.
  • Gabel, M. J. (2022). European Union. Encyclopedia Britannica. https://www.britannica.com/topic/European-Union Parlamento Europeo (s.f.). Tratado de Roma (CEE). Web oficial del Parlamento Europeo. https://www.europarl.europa.eu/

¿Cómo citar?

"Tratado de Roma (1957)". Autor: Augusto Gayubas. De: Argentina. Para: Enciclopedia Humanidades. Disponible en: https://humanidades.com/tratado-de-roma-1957/. Última edición: 16 octubre, 2023. Consultado: 27 abril, 2024.

Sobre el autor

Autor: Augusto Gayubas

Doctor en Historia (Universidad de Buenos Aires)

Fecha de actualización: 16 octubre, 2023
Fecha de publicación: 28 septiembre, 2023

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