Te explicamos qué fue la Constitución de Cádiz y cómo se originó. Además, cuáles son sus características y el territorio que abarcó.
¿Qué fue la Constitución de Cádiz?
La Constitución de Cádiz, también llamada Constitución española de 1812 o Constitución política de la Monarquía Española, y popularmente conocida como “La Pepa”, fue una carta magna del Reino de España promulgada por las Cortes Generales reunidas en Cádiz el 19 de marzo de 1812.
Se trató de un hito histórico por ser la primera Constitución de la historia española y una de las más liberales de su época.
La Constitución de Cádiz consistía en un preámbulo y diez títulos con 384 artículos, y estuvo en vigencia durante dos años antes de que el regreso de Fernando VII al trono de España provocara su derogación en Valencia en 1814.
Fue recuperada brevemente entre 1820 y 1823, durante el período conocido como “el trienio liberal”, y nuevamente en 1836, durante un gobierno liberal progresista que luego la reformó y redactó la Constitución española de 1837.
Ver además: Constitución mexicana de 1917
Historia de la Constitución a Cádiz
Promulgación
La Constitución de Cádiz fue aprobada en 1812 por los diputados de las Cortes Generales reunidas en Cádiz como respuesta a la invasión de España por el ejército de Napoleón Bonaparte, quien impuso a su hermano José en el trono español en 1808.
Con el rey Fernando VII depuesto y hecho prisionero, José Bonaparte proclamó en 1808 la Carta de Bayona, una especie de Constitución que establecía derechos y libertades a imitación de los principios liberales difundidos por la Revolución francesa.
Simultáneamente se formaron en diversas ciudades de España unas juntas que asumieron el poder político y resistieron a la dominación napoleónica forjando alianzas con Inglaterra. Estas juntas confluyeron en la Junta Suprema Central luego reemplazada por el Consejo de Regencia de España e Indias que convocó a las Cortes Generales.
Mientras aún se libraba la Guerra de Independencia (1808-1814), los diputados de las Cortes reunidas en Cádiz promulgaron la carta magna que, influida por el liberalismo democrático, establecía la separación de poderes y reconocía que la soberanía no residía en el rey sino en la nación. De este modo, el rey ya no era monarca solamente por la gracia de Dios sino también por la Constitución, en abierta oposición a los principios del absolutismo del Antiguo Régimen.
Derogación
La Constitución de Cádiz tuvo una vigencia breve, de apenas dos años. La derrota napoleónica en la Guerra de Independencia permitió el retorno al trono español de Fernando VII en 1814, quien derogó la Constitución y disolvió las Cortes junto con la detención de los diputados liberales, con el objetivo de volver a instaurar el absolutismo y revertir la importante cantidad de cambios modernizadores que la Constitución de Cádiz había implementado.
Esto acarreó numerosas consecuencias, como el alzamiento de las colonias americanas, que vieron frustrada su posibilidad de gozar de cierta autonomía y reconocimiento como provincias del Estado español. La Constitución de Cádiz sirvió posteriormente como modelo para algunas constituciones republicanas de Hispanoamérica una vez que las colonias se liberaron de España.
La Constitución de Cádiz volvió a entrar en vigencia en 1820 cuando Fernando VII se vio obligado a restablecerla tras el pronunciamiento de Riego que dio inicio al trienio liberal (1820-1823). Luego de la reacción absolutista que volvió a derogar la Constitución en 1823, sobrevino un nuevo período liberal que la adoptó en 1836 bajo la regencia de María Cristina de Borbón y que desembocó en la reforma que dio origen a la Constitución de 1837.
Características de la Constitución de Cádiz
Territorio comprendido
La Constitución de Cádiz declaraba tener vigencia para todos los territorios hispanos del mundo, que en 1812 eran vastos y abarcaban a la España peninsular, junto con las islas Canarias y Baleares, Ceuta y Melilla, así como los territorios en el continente americano (en proceso de lucha independentista), las costas del tratado de El Pardo en África y las islas Filipinas, Carolinas y Marianas en Asia.
De todos modos, la formación de juntas de gobierno en América llevó generalmente a la conformación de gobiernos propios, inicialmente fieles al rey Fernando VII, que no se sometieron al Consejo de Regencia de España e Indias y dejaron abierto el camino a las guerras de independencia americanas.
Soberanía de la nación
Uno de los aspectos más importantes de la Constitución de Cádiz fue su declaración de que la soberanía residía en la nación y no en el rey y que este era monarca por la gracia de Dios pero también por la Constitución.
De este modo, se pasaba de una monarquía absoluta a una monarquía constitucional con separación de poderes, limitación de las atribuciones del rey —que seguía siendo el titular del poder ejecutivo pero sus decisiones debían ser refrendadas por secretarios— y la implementación del voto universal masculino indirecto para la elección de diputados de las Cortes (aunque las personas que podía ser electas debían tener una determinada renta).
Las Cortes constaban de una cámara única para evitar la división estamental que de otro modo podía dar prioridad a la nobleza y el clero. Este nuevo orden constitucional le otorgaba la ciudadanía española y la igualdad de derechos jurídicos a los ciudadanos tanto peninsulares como ultramarinos que pasaban a formar parte legalmente de una sola nación con presencia en los dos hemisferios.
Libertades y derechos
La Constitución de 1812 garantizaba la libertad de imprenta y de industria, el derecho de propiedad y la abolición de los señoríos, lo que representaba un fuerte impulso liberal en una nación que hasta entonces se había caracterizado por ser sumamente conservadora.
En materia religiosa, la Constitución identificaba a España como un Estado confesional católico (por lo que no admitía la libertad de culto), pero los diputados de Cádiz abolieron la Inquisición, restaurada luego por Fernando VII al regresar al trono.
Si bien no le otorgaba derechos a las mujeres, la Constitución de Cádiz fue un importante gesto de democratización y reconocimiento de derechos individuales que buscaba dejar atrás las instituciones del Antiguo Régimen.
La cuestión americana
El asunto de las colonias era considerado por la Constitución de Cádiz ya en su primer artículo: declaraba que la nación española era “la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios”.
Las colonias pasaban a ser provincias del Estado español, decisión en la que influyeron algunos diputados americanos como el mexicano Miguel Ramos Arizpe, el chileno Joaquín Fernández de Leiva, el peruano Vicente Morales Duárez o el ecuatoriano José Mejía Lequerica. De todos modos, debido a los conflictos que tenían lugar en América en aquellos años, el artículo 11 establecía que los territorios españoles se organizarían según una división más conveniente, que quedaría a cargo de una futura ley constitucional.
En las provincias de la península y de ultramar se favorecía la creación de ayuntamientos conformados por sufragio indirecto masculino que en territorio americano otorgó poder político a algunas élites criollas, lo cual atentaba contra el dominio de la aristocracia colonial. El retorno del absolutismo intentó dar marcha atrás con estas innovaciones pero solo avivó más los impulsos independentistas que se venían desplegando en América.
La garantía de continuidad
La Constitución establecía su propia inviolabilidad frente a los poderes del rey, así como una disposición por la cual no podían realizarse cambios en su contenido por el plazo de ocho años. También se estipulaba que, transcurrido este lapso, solo se podrían introducir modificaciones mediante mecanismos complejos que debían ser estrictamente observados.
Esta disposición tenía el cometido de garantizar la duración del nuevo orden constitucional del Estado español, a pesar de que su derogación en 1814 por Fernando VII fue relativamente sencilla debido a que la declaró nula y sin efecto.
Importancia histórica de la Constitución de Cádiz
La Constitución de Cádiz representó un hito histórico en la modernización de España por tratarse de la primera Constitución española y por convertirse en un referente importante de los procesos independentistas hispanoamericanos. No solo fue restablecida durante el trienio liberal (1820-1823) y como antecedente de la Constitución de 1837 sino que influyó en el pensamiento liberal y en otras experiencias constitucionales españolas a lo largo del siglo XIX.
Además, fue recordada con orgullo por las poblaciones de Cádiz, ya que fue promulgada en el contexto de la resistencia contra el ejército francés. Un monumento fue construido en la ciudad en 1912 para conmemorar el primer centenario de la Constitución.
En América también se construyeron plazas y monumentos en homenaje a la Constitución y esta carta magna fue influyente en las repúblicas americanas que se fueron constituyendo a lo largo del siglo XIX, así como en el Reino de las Dos Sicilias que la tomó como propia tras hacer algunos cambios y traducirla al italiano.
“¡Viva la Pepa!”
El sobrenombre “la Pepa” dado a la Constitución de Cádiz se debe a que fue promulgada un 19 de marzo, día de la festividad de San José. El grito “¡Viva la Pepa!” se convirtió en una proclamación de adhesión a la Constitución liberal y fue relacionado por los sectores absolutistas con el descontrol y el ataque a los valores conservadores, razón por la que trascendió a nuestros días con el sentido de desorden o irresponsabilidad.
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Referencias
- "Spain" en Encyclopedia Britannica. Carr, R. et al. (2022).
- "Constitución de 1812" en Congreso de los Diputados de España (s.f.).
- "Historia constitucional de España" Marcial Pons. Varela Suanzes-Carpegna, J. (2020).
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