Constitución Nacional

 Te explicamos qué es una constitución nacional y las funciones que cumple. Además, cuáles son sus características generales y clasificación.

Constitución nacional
La constitución permite ejercer el poder político de manera racional y organizada.

¿Qué es una Constitución nacional?

La constitución es la carta magna de un estado. Es la ley primordial y superior a cualquier otra que exista en ese país.

La redacción de una constitución se basa en el principio de que el poder político de una nación debe ser ejercido de forma racional y organizada. Además, establece una separación de poderes que impide el absolutismo.

Contrario al poder divino de las monarquías absolutas, las constituciones establecen al pueblo de una nación como el constituyente primario del cual procede el poder de los gobernantes. Es decir que garantiza la soberanía del pueblo.

Ver además: Fuentes del derecho

Características de una constitución:

  1. Funciones

Constitución nacional
El rango de la constitución es superior a cualquier otra ley.

La constitución designa facultades específicas a cada uno de los servidores del estado, favoreciendo la estabilidad política.

Además, señala los derechos fundamentales de los ciudadanos y habitantes de un territorio.

En principio, su rango es superior a cualquier otra ley. Por eso, si el funcionamiento de los organismos del Estado es el adecuado, la constitución garantiza que ninguna ley o disposición del gobierno entre en conflicto con los derechos fundamentales especificados en ella.

  1. Origen

Las primeras constituciones se encuentran en la antigua democracia griega. En la Edad Moderna, las primeras constituciones fueron redactadas a partir de las revoluciones del siglo XVIII. Eran la manifestación de la oposición al llamado Antiguo Régimen, que se basaba en las monarquías absolutas.

Por eso, las constituciones liberales señalan derechos de todos los ciudadanos, así como la igualdad entre ellos, impidiendo que una persona o un grupo de personas exijan privilegios por sobre otros.

Las constituciones son redactadas por un conjunto de representantes del pueblo, organizados en un congreso. Posteriormente pueden ser modificadas por leyes o procedimientos más complejos determinados por la misma constitución.

  1. Supremacía constitucional

Constitución nacional
El derecho de cada país define el rango constitucional de los tratados internacionales.

En teoría, la Constitución de un país se ubica jerárquicamente por encima de cualquier otro ordenamiento jurídico. Por eso se la denomina Ley Suprema del Estado.

Sin embargo, los tratado internacionales exceden las fronteras de ese país y pueden tener un rango superior o inferior a la Constitución. El derecho de cada país define el rango constitucional de los tratados internacionales.

Por ejemplo, en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Constitución se encuentra por encima de los tratados internacionales. En Argentina, la Constitución se encuentra en la misma jerarquía que los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, pero otros tratados internacionales deben estar supeditados a estas dos autoridades.

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  1. Control de constitucionalidad

Suprema corte - constitución nacional
La Corte Suprema monitorea e invalida las normas inconstitucionales.

Para que la Supremacía Constitucional sea efectiva, deben existir instituciones y mecanismos del estado que garanticen que ninguna ley, ordenanza o tratado entre en conflicto con la Constitución.

Habitualmente es la Corte Suprema de la Nación el organismo que cuenta con los necesarios medios de control para monitorear y en caso necesario invalidar aquellas normas que se consideren inconstitucionales.

  1. Flexibilidad

Según la flexibilidad una constitución puede ser:

  • Rígidas o semirrígidas. Son aquellas constituciones que requieren un procedimiento más complejo que el legislativo ordinario para ser modificadas.
  • Flexibles. Son las constituciones que pueden ser modificadas simplemente por una ley.
  1. Constituciones liberales

El pensamiento liberal se encuentra en la base de toda constitución, al exigir al estado un ordenamiento que exceda la monarquía. Sin embargo, existen grados de liberalismo en las mismas constituciones.

Aquellas que se consideran liberales son las que determinan que el estado es laico y que existe una libertad de cultos en el territorio, que eliminan los derechos privativos y de corporaciones, que exigen la nacionalización de los bienes eclesiásticos y/o que instituyen un gobierno enteramente civil y republicano.

  1. Constituciones conservadoras

Constitución nacional - parlamento
Las constituciones conservadoras proponen una monarquía parlamentaria.

Las constituciones más conservadoras a lo largo de las historia son aquellas que proponen cambios más paulatinos, por ejemplo, garantizando una función oficial de la religión en el estado, la disolución paulatina de las corporaciones, la sostenimiento de la autonomía de la Iglesia y la instauración de una monarquía, aunque la misma sea parlamentaria.

Existen numerosas constituciones que no cumplen ni con todas las características conservadoras ni con todas las características liberales, ubicándose en puntos intermedios.

  1. Principios constitucionales

Las constituciones se basan para su redacción en diversos principios, además del ya mencionado Principio de Supremacía de la Constitución:

  • Principio de igualdad de todos ante la ley. Rechaza privilegios de clase o casta.
  • Principio de legalidad. Establece un estado regido por leyes
  • Principio de racionalidad de la ley.
  • Principio de independencia de los poderes del estado. Los estados constitucionales tienen una división de poderes en ejecutivo, legislativo y judicial
  • Principio de irretroactividad de la ley. Las constituciones establecen que una ley nueva no puede utilizarse para juzgar un accionar del pasado.
  1. Constituciones originales y derivadas

Constitución nacional
Las constituciones derivadas toman como modelo otras constituciones y las modifican.

Las constituciones originales son aquellas que no toman otras cartas magnas como modelo. La constitución establecida luego de la Revolución Francesa de 1789 es un ejemplo.

Por el contrario, las constituciones derivadas son aquellas que han tomado como modelo otras constituciones, modificándolas para satisfacer más adecuadamente las necesidades de la nueva nación.

  1. Tipos de origen de la constitución

  • Constituciones otorgadas. A pesar de haberse iniciado como oposición al poder monárquico absoluto, algunas constituciones en siglos pasados fueron redactadas por el monarca. Esta fue una forma que eligieron algunos reyes de continuar su mandato absoluto, bajo una apariencia de legalidad.
  • Constituciones Impuestas. son debatidas por el parlamento y establecidas desde el poder político para los demás actores sociales.
  • Pactadas. son aquellas que surgen del debate y acuerdo entre diversos agentes de la sociedad.

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Equipo editorial, Etecé (26 de febrero de 2024). Constitución Nacional. Enciclopedia Humanidades. Recuperado el 24 de octubre de 2024 de https://humanidades.com/constitucion/.

Sobre el autor

Fecha de actualización: 26 de febrero de 2024
Fecha de publicación: 11 de abril de 2017

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