Derecho

Te explicamos qué es el derecho, cuál fue su origen y cuáles son sus características. Además, sus fuentes y las ramas en que se divide.

Derecho
El derecho permite la existencia de una sociedad organizada.

¿Qué es el derecho?

El derecho es el conjunto de normas e instituciones que rigen la conducta de los miembros de una sociedad, conforme a los principios de la justicia, la seguridad y la igualdad.

Asimismo, se llama derecho a las ciencias jurídicas, o sea, al estudio del conjunto de las reglas y las disposiciones mediante las cuales una sociedad resuelve sus conflictos y garantiza la convivencia social.

Las normas y las leyes que constituyen el derecho son promulgadas por el Estado, que actúa como garante del pacto social que permite la coexistencia organizada. Además, son fruto del acuerdo y el consenso, y del proceso histórico de cada nación.

Origen del derecho

Derecho romano
Buena parte del derecho actual está basado en las antiguas leyes romanas.

El origen del derecho se remonta a las primeras civilizaciones agrícolas y a los primeros órdenes políticos. De hecho, cada una de las grandes civilizaciones antiguas desarrolló su respectivo código normativo y sus instituciones de justicia. Sus principios constitutivos eran de índole consuetudinaria, es decir, establecidos por la costumbre, cuando no por la religión y las supersticiones.

Uno de los primeros textos jurídicos conocidos es el Código de Hammurabi, escrito alrededor del 1750 a. C. en la Antigua Mesopotamia. Hubo documentos y disposiciones similares en Egipto, Grecia y especialmente en la Antigua Roma. El Imperio romano fue el primer Estado antiguo en dedicar grandes esfuerzos a la construcción de su propia normativa jurídica, como un modo de controlar sus extensas fronteras y la diversidad de sus habitantes. Gran parte de nuestro derecho actual proviene de las numerosas consideraciones del derecho romano.

Sin embargo, el derecho como hoy lo conocemos recién pudo desarrollarse en la Edad Moderna, cuando el Estado nacional fue formalmente instituido. Guiado por los preceptos filosóficos del humanismo, el derecho empezó a instaurarse como un instrumento y un componente del Estado, y fue así como posteriormente nacieron las ciencias jurídicas.

¿Para qué sirve el derecho?

Derecho
Los tres fines del derecho son la justicia, la seguridad y el bienestar común.

El derecho es una herramienta fundamental para la construcción de las sociedades civilizadas, dado que se trata de un conjunto de normas que rigen a todos los ciudadanos por igual, es decir, que regulan la conducta de las personas que conviven en un mismo Estado. En ese sentido, tiene tres fines esenciales, que son:

  • Impartir justicia. El derecho tiene el objetivo de darle a cada quien lo que merezca, sean castigos, recompensas o reparaciones.
  • Garantizar la seguridad. El derecho es el responsable de impedir que los fuertes se aprovechen de los débiles.
  • Fomentar el bienestar común. El derecho se propone orientar a la sociedad hacia escenarios que sean benéficos para todos.

Características del derecho

Derecho
El derecho funciona como un sistema dentro del Estado.

En términos generales, el derecho cumple con las siguientes características:

Normatividad

El derecho es necesariamente normativo, es decir, cumple con un rol preceptivo: garantizar que las relaciones entre los individuos de la sociedad, o entre ellos y el Estado, tengan lugar dentro de un marco considerado como justo. Por ese motivo, el derecho está constituido por normas, leyes y mandatos que regulan la conducta de los individuos.

Bilateralidad

Las normas que constituyen el derecho requieren de la interacción de dos o más individuos que se someten a la ley en igual medida, sin importar cómo se sientan al respecto. En ese sentido, es bilateral: todo acto de justicia tiene siempre dos costados contrapuestos.

Coercibilidad

Las normas jurídicas se distinguen de las normas sociales o protocolares en que su cumplimiento es obligatorio, y existen instituciones estatales dedicadas a garantizar que así sea, a través de la fuerza o de la coacción. Así, el Estado posee herramientas para forzar el cumplimiento de la ley a través del monopolio de la violencia.

Heteronomía

Las leyes jurídicas deben nacer de una institución ajena a su destinatario. Esto significa que nadie puede hacer sus propias leyes, sino que estas le son impuestas desde afuera, de acuerdo a convenciones de la sociedad. Por lo tanto, la obediencia a la ley no tiene que ver con que el individuo la acepte o esté de acuerdo con ella; es la sociedad la que le impone esa obediencia.

Aspiración a la inviolabilidad

Las normas del derecho pueden ser violadas, lo cual constituye un delito. Pero a los fines del derecho, las leyes se consideran inviolables, es decir, de obligatorio acatamiento. Para aquellos casos en que no se cumpla la norma o se violen las prohibiciones, existen sanciones y castigos proporcionales a la infracción cometida.

Sistematicidad

Las normas del derecho no están dispuestas de manera azarosa, sino que se encuentran ordenadas e imbricadas, para funcionar como un sistema jurídico. Para que eso sea posible, las leyes deben tener un rango y una prelación, o sea, deben tener una jerarquía, un alcance determinado y un mecanismo para resolver sus eventuales conflictos con otras ramas del derecho. Las leyes no pueden violentarse o contradecirse entre sí, y, en caso de que eso suceda, debe haber una instancia capaz de resolver el inconveniente.

Búsqueda de la justicia por sobre todo

El objetivo esencial del derecho es la justicia, o sea, la resolución justa y equitativa de los conflictos y la protección de los intereses colectivos e individuales. Por lo tanto, las leyes pueden ser creadas, derogadas, modificadas o reemplazadas por las instituciones pertinentes siempre en pro de mejorar su funcionamiento.

Necesidad de una interpretación

Las leyes y las normas del derecho no siempre establecen de manera evidente y literal lo que se debe hacer para impartir justicia. Por eso, se requiere de una interpretación de la ley que determine cómo se debe aplicar la norma al caso que se juzga. Estas interpretaciones constituyen, a la vez, un sustento para decisiones futuras, ya que la ley debe aplicarse de igual modo ante condiciones idénticas.

Fuentes del derecho

Derecho
Las fuentes del derecho son los actos, documentos y tradiciones que originan las leyes.

Las fuentes del derecho son el conjunto de actos jurídicos previos, en base a los cuales se elaboran las normas jurídicas. Así, por ejemplo, a la hora de tomar una decisión o interpretar una norma jurídica, las instituciones no solo tienen en cuenta lo contemplado en los códigos y en la Carta Magna, sino también el conjunto de sentencias, decisiones y casos previos que hayan sentado algún tipo de precedente.

Dependiendo de su naturaleza, las fuentes del derecho pueden ser de tres tipos:

  • Fuentes históricas. Son los documentos antiguos, los códigos heredados de las culturas previas y los textos de historia del derecho.
  • Fuentes reales o materiales. Son las instituciones y los organismos que redactan y debaten las leyes, siempre y cuando estén legitimados convencionalmente para ello.
  • Fuentes formales. Son las ejecuciones previas del Estado, la jurisprudencia, las costumbres, la tradición y los principios mismos del derecho, los cuales sirven de antecedente para decisiones y sentencias.

Ramas del derecho

Derecho
El derecho penal es la rama del derecho que se ocupa de juzgar delitos e impartir castigos.

Tradicionalmente, el derecho se compone de dos ramas principales, cada una de ellas dotada a su vez de otras divisiones interiores. Estas ramas principales son:

  • El derecho público. Es la rama del derecho que se ocupa del interés de la sociedad en general y de los asuntos del Estado.
  • El derecho privado. Es la rama del derecho que se ocupa de los asuntos jurídicos de los particulares.

A partir de esta primera división, existen numerosas disciplinas jurídicas, cada una dedicada al estudio de un área específica de la vida jurídica de la nación. Estas permiten al derecho especializar aún más sus intereses, dependiendo de los asuntos de los cuales se ocupa, por ejemplo:

  • Derecho administrativo. Se ocupa de los procesos y el funcionamiento del sector público.
  • Derecho civil. Se encarga de los derechos y deberes de las personas.
  • Derecho constitucional. Garantiza que las decisiones tomadas estén de acuerdo a lo planteado en los principios fundamentales de la Constitución Nacional.
  • Derecho deportivo. Contiene las normas y disposiciones referentes a las competencias deportivas.
  • Derecho económico. Se ocupa de los asuntos relacionados con la producción y el intercambio de bienes.
  • Derecho educativo. Se encarga del funcionamiento de las instituciones educativas.
  • Derecho internacional. Rige los asuntos que tienen lugar entre dos o más Estados nacionales.
  • Derecho laboral. Regula las condiciones de trabajo y empleo.
  • Derecho militar. Se encarga de los asuntos vinculados al oficio militar.
  • Derecho penal. Se ocupa de juzgar los delitos e impartir los castigos.
  • Derecho procesal. Regula el proceso judicial y garantiza la igualdad ante la justicia.
  • Derecho registral. Se ocupa de los registros públicos y de los derechos inscribibles.
  • Derecho de los animales. Se encarga de regular el trato que dan los seres humanos a los animales.

Estado de derecho

El Estado de derecho consiste en la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley. Se trata de un principio fundamental de todo ordenamiento jurídico moderno, que garantiza que tanto los poderosos como los ciudadanos de a pie deban responder ante las instituciones de la misma manera, que cuenten con los mismos derechos y deberes, y que sean sometidos a las mismas exigencias.

En ese sentido, se dice que un país cuenta con Estado de derecho cuando sus ciudadanos son iguales ante la ley. En cambio, en las dictaduras, los totalitarismos y los regímenes despóticos, la ley no se aplica por igual. Existen favorecidos y perjudicados por ella, de acuerdo a consideraciones que no tienen que ver con lo legal, sino con lo político.

Sigue con:

Referencias

  • Arcos Ramírez, F. (2020). Aproximación a la Teoría del Derecho. Universidad de Almería.
  • The Editors of the Encyclopaedia Britannica. (2024). Law. Encyclopedia Britannica. https://www.britannica.com/
  • Flores Salgado, L. (2017). Introducción al estudio del derecho. Grupo Editorial Patria.
  • Ruthers, B. (2018). Teoría general del derecho. Concepto, validez y aplicación del derecho. Temis.

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Equipo editorial, Etecé (20 de mayo de 2024). Derecho. Enciclopedia Humanidades. Recuperado el 24 de octubre de 2024 de https://humanidades.com/derecho/.

Sobre el autor

Fecha de actualización: 20 de mayo de 2024
Fecha de publicación: 15 de marzo de 2017

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