Te explicamos qué es el Derecho Constitucional, cuáles son sus características y los tipos de Derecho constitucional que existen.
¿Qué es el Derecho Constitucional?
El Derecho Constitucional o Derecho Político es la vertiente específica del derecho público que se dedica al análisis de los principios, conceptos y leyes fundamentales que rigen y determinan la existencia de un Estado nacional, cuyo ordenamiento jurídico particular se encuentra normalmente contenido en su Carta Magna o Constitución Nacional.
El Derecho Constitucional tiene como asunto de interés todo lo referente a las formas posibles de Estado y de Gobierno, con particular énfasis, ya sea a nivel material como formal, en la regulación de los poderes públicos, sus vínculos con los ciudadanos y los derechos fundamentales que a éstos últimos amparan.
Ver además: Derecho civil.
Características del Derecho Constitucional:
-
Cumplimiento de la Constitución
Dado que en la Constitución Nacional se encuentra el aparataje jurídico que regulará la vida pública de un Estado específico, el Derecho Constitucional tiene como premisa máxima el cumplimiento de lo establecido en dicho documento.
Esto se lleva a cabo normalmente a través de distintos organismos legales encargados de la interpretación y aplicación de las leyes, como pueden ser los Tribunales Supremos de Justicia.
-
Campos del Derecho Constitucional
A grandes rasgos, el Derecho Constitucional se avoca al estudio de las siguientes áreas específicas:
- La Teoría del Poder.
- La Teoría del Estado.
- La Teoría de la Constitución.
- La Teoría de los derechos humanos.
-
Inicios de la disciplina
El Derecho Constitucional no pudo existir como disciplina autónoma, lógicamente, antes de la aparición de las constituciones modernas como acuerdo jurídico común para regir la vida política de un Estado. En ese sentido, se ubica su nacimiento en la Constitución británica del siglo XVIII, de donde partió en sus estudios el Barón de Montesquieu, uno de los principales escritores y juristas del período conocido como la Ilustración francesa.
Eso no significa que no hubiera antecedentes históricos de importancia desde la antigüedad, como las leyes fundamentales de la Antigua Grecia que Aristóteles y Platón distinguen de las demás en sus estudios, o los edictos reales del siglo XIII, denominados Constitutio.
-
Tipos de Derecho Constitucional
De acuerdo a sus procedimientos de estudio, es posible identificar dos tipos de Derecho Constitucional:
- Clásico. Centrado en el estudio teórico de la Constitución, a través del método positivo.
- Comparado. Coteja los distintos textos constitucionales posibles y sus modos de aplicación, para estudiar diferencias, semejanzas y contrastes.
- General. Estudia el ideario y los conceptos, la materia abstracta, del pensamiento jurídico constitucionalista.
- Nacional o particular. Estudia los casos jurídicos específicos de la historia constitucional de las naciones.
-
Límite y garante a la vez
El Derecho Constitucional es límite para los gobiernos, pues restringe las facultades del poder y las obliga a adecuarse a la normativa legal de la Carta Magna. Ningún poder transitorio, en principio, por mayoritario que sea, podría contradecir dicho marco básico de vida jurídica.
De esa manera es garante, al mismo tiempo, de los derechos del pueblo, amparando sus intereses de las voluntades del poder regido por los gobiernos.
-
Orienta las demás ramas del derecho positivo
Este principio se debe a que la mayor jerarquía jurídica posible reside en el contenido de la Carta Magna, de modo que ningún ejercicio legal, por legítimo que sea y provenga del organismo del que provenga, puede violentar o contradecir las premisas del Derecho Constitucional.
-
Divisiones del Derecho Constitucional
Obedeciendo a la división político-territorial de un Estado (de nuevo, contemplada en la Constitución que lo rige), el Derecho Constitucional puede sectorizarse de acuerdo a una jerarquía específica que va de lo más general a lo más específico, a saber:
- Derecho Constitucional Nacional. Que rige la totalidad del Estado.
- Derecho Constitucional Provincial. Cuyas disposiciones varían más o menos según la provincia. En el caso de los modelos políticos federales, como el estadounidense, esa variación puede ser mucha.
- Derecho Constitucional Municipal. Referido a la menor división políticoterritorial de las ciudades, la de los municipios o conjuntos barriales.
-
Principios doctrinales
Tal y como hemos dicho ya, la protección del Estado de Derecho y las leyes fundamentales del hombre es uno de los principios centrales del Derecho Constitucional. Los otros dos los componen la división y autonomía de los Poderes Públicos para garantizar su limitación recíproca y la soberanía nacional de los Estados que otorgue a los textos constitucionales la supremacía jurídica sobre los mismos.
-
Hacia un Derecho Constitucional Internacional
Como efecto de la globalización y la revolución del pensamiento global, surge la necesidad de marchar hacia un Derecho Constitucional que rija el funcionamiento mancomunado de las naciones y permita crear los medios necesarios para un orden jurídico de acción planetaria.
Los riesgos y ventajas de dicha posibilidad son objeto de continuo acuerdo y debate en los diversos organismos de cooperación política y jurídica internacional.
-
Retos del Derecho Constitucional contemporáneo
De cara justamente a las corrientes globalistas, cuyo optimismo en un Estado de Derecho Internacional puede ignorar las desigualdades entre las naciones y las hegemonías comerciales que entre ellas se tejen, los estudiosos actuales de la disciplina advierten el refortalecimiento de tendencias autoritarias, en el seno de nacionalismos reactivos, incluso en sociedades desarrolladas como la europea.
El reto está, en ese sentido, en el necesario debate entre la soberanía de las naciones y los Derechos Humanos, cuya bandera ha sido izada más de una vez como parte de agendas ocultas y goza de una aceptación desigual por parte de los distintos sectores mundiales involucrados.
¿Te fue útil esta información?
Sí No¡Genial! Muchas gracias por visitarnos :)