Te explicamos qué son las personas físicas y las personas morales, los derechos y obligaciones que poseen y cuáles son sus características.
¿Qué son las Personas físicas y morales en el derecho?
Las personas físicas, en el campo del derecho, son todos aquellos seres humanos de existencia real y visible que pueden adquirir derechos y por consiguiente contraer obligaciones.
Las personas morales, en tanto, son un conjunto de personas físicas que se reúnen con el fin de una realización colectiva. El objetivo es la formación de una sociedad, empresa, organización o asociación con un nombre colectivo, en la modalidad de comandita simple, responsabilidad limitada, anónima, de hecho, de bien público, etc.
Al mismo tiempo, la ley les confiere a estas personas una capacidad jurídica para contraer derechos y obligaciones. En el caso de las personas físicas, la responsabilidad será individual. Las personas morales, en cambio, responderán en forma colectiva en base a la estructura creada, aunque al mismo tiempo podrán existir determinadas responsabilidades individuales de cada socio o integrante en ciertas circunstancias.
Ver además: Derechos reales y personales.
Características de las personas físicas y morales:
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Responsabilidades
Las personas físicas conquistan derechos y del mismo modo contraen obligaciones. Las personas morales también lo hacen, pero su personalidad jurídica proviene de una colectividad organizada con el propósito de obtener un fin social durable y permanente. Tanto las personas físicas como las morales son reconocidas por el Estado y disponen de derechos patrimoniales.
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Existencia
Las personas físicas poseen una existencia visible, real, física o natural. Las personas morales son una creación jurídica que responde a un ordenamiento legal y estatal. El fin de la persona jurídica se concretará con la muerte o desaparición del individuo, mientras que en las personas morales se efectivizará con la disolución legal de la entidad constitutiva.
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Capacidad
Las personas físicas y morales tienen capacidad para ser titular de derechos y deberes, paralelamente poseen idoneidad de ser sujeto activo o pasivo de relaciones jurídicas. En las personas morales dicha capacidad está sujeta al alcance de su objeto social y esencialmente se practica mediante la representación por medio de una persona física, ya sea judicial o extrajudicialmente.
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Denominación
Las personas jurídicas requieren obligatoriamente de un nombre que designará a una persona determinada, cada sujeto poseerá de este modo una identificación personal. En las personas morales existirá una Razón Social, que constituye básicamente un medio de identificación indispensable para ejecutar sus relaciones jurídicas.
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Domicilio
A cada sujeto le corresponderá establecer un domicilio, que será su lugar de residencia en el caso de las personas físicas. Las personas morales deberán registrar su domicilio en el lugar exacto donde está establecida su administración, o sea el domicilio fiscal de la empresa, institución, fundación, etc.
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Estado civil
Cada sujeto deberá dejar plasmado su estado civil. Esta situación es puramente exclusiva de las personas físicas. Es una situación individual de las personas en relación a su familia y cónyuge (soltero, casado, viudo, separado).
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Patrimonio
Todas las personas físicas y morales deberán estar dispuestas a declarar su patrimonio, o sea todo aquello susceptible de valorarse económicamente (bienes, derechos, obligaciones y dinero). En las personas morales el patrimonio se especificará en el acta constitutiva de las sociedades y es estimable en términos monetarios.
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Nacionalidad
Es la pertenencia de un sujeto a un determinado espacio territorial con un ordenamiento estatal específico, en el caso de las personas jurídicas. En cuanto a las personas morales, su inscripción se realizará bajo los lineamientos jurídicos de una nación específica, aunque posteriormente registre una actividad internacional.
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Ejercicio de derechos
Toda persona al ser concebida y al nacer va a poseer una personalidad jurídica y adquirirá derechos que podrá ejercer libremente (personas jurídicas). Las personas morales podrán ejercitar todos los derechos que sean precisos para ejecutar el objetivo de su establecimiento.
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Administración
Todas las personas morales se administrarán en base a las leyes correspondientes a su funcionamiento específico, como así también de acuerdo a su escritura constitutiva y estatutos. Las personas físicas responderán al ordenamiento legal que las incluye.
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